Degrada la clase de Religión, introduce como obligatoria la asignatura de valores y rebaja el nivel de exigencia
La ley Celaá que se remite al Congreso pone en guardia a la escuela concertada, ya que considera que traspasa algunas líneas rojas: elimina el criterio de la demanda social, introduce el representante municipal en el Consejo Escolar y considera a la concertada como una subsidiaria de la pública. Estas son las principales líneas del proyecto de ley.
Límites a la expansión de la escuela concertada
Pretende eliminar de la normativa el principio de «demanda social». Es decir, los centros concertados, donde estudian uno de cada cuatro niños españoles y generalmente muy solicitados, no podrán ampliar sus plazas aunque reciban más demanda si hay plazas para escolarizar a los alumnos en los colegios públicos.
También tendrán prioridad a la hora de recibir las subvenciones los colegios mixtos, en lugar de los que educan a niños y niñas en aulas separadas, lo que se conoce como educación diferenciada. Además, se elimina la referencia en la normativa vigente que dice que este tipo de educación «no se considera discriminatoria por género». Precisamente, la diferenciada está en el punto de mira del nuevo Ejecutivo ya que en el pacto de gobierno que firmaron PSOE y Podemos existe el compromiso de “promover la coeducación en todo el sistema educativo, impidiendo la segregación educativa por razón de sexo en los centros sostenidos con fondos públicos”.
La asignatura de Religión, degradada
La reforma socialista prevé eliminar los aspectos que considera “más lesivos” de esta asignatura. Y esto supone “degradar” la materia en el currículum educativo en la medida en que no servirá para hacer media, ni contará para obtener una beca. Tampoco tendrá asignatura alternativa (materia espejo), como ocurre hasta ahora, de tal manera que el que no escoge estudiar Religión tenía que cursar Valores.
Educación cree que con esta fórmula no se incumplen los acuerdos con el Vaticano y se acaba con la idea de que muchos alumnos aprovechasen en el Bachillerato para matricularse en esta materia con la idea de subir nota, al hacer media, aunque no fueran creyentes.
Evaluaciones muestrales cada dos años en 6º de Primaria y 4º de la ESO.
Se seguirán haciendo con carácter muestral, como hasta ahora, aunque cada dos años, a finales de 6º de Primaria y 4º de la ESO. El Ministerio cree que con estas pruebas que se hacen sólo a un determinado número de centros se puede conocer el estado del sistema educativo y orientar las medidas de gestión de los control y las políticas públicas. No obstante, mantiene la cultura de evaluación del Gobierno Wert al establecer la obligación de que todos los centros españoles hagan evaluaciones en 3º o 4º de Educación Primaria y en 2º de la ESO, aunque sin efectos académicos. Ahora bien, prohibirá utilizar los resultados que se obtengan para clasificar a los centros. No habrá «reválidas» o exámenes que sirven para titular.
La reforma educativa propone devolver más competencias a las comunidades autónomas que tienen lengua cooficial para determinar el contenido de la materia. Ellas son las que decidirán qué se hace en clase de catalán o en qué lengua se examina un alumno. “Se suprime la regulación del uso de la lengua cooficial y de la escolarización asociada a ella, dejando que su regulación corresponda a las comunidades autónomas en las que hay lengua vehicular”, dice el proyecto de ley.
El texto incorpora la sentencia del Tribunal Constitucional de febrero del 2018 que anulaba la obligación de que la Generalitat de pagar a los padres los gastos derivados de querer escolarizar a sus hijos en castellano (unos 6.000 euros anuales) y avalaba la inmersión lingüística en catalán.
Vuelve a la regulación que hacía la LOE sobre la determinación de los contenidos que los alumnos deben estudiar los alumnos. De este modo, el Estado fija el 55% de los contenidos en el caso de las autonomías con lengua vehicular y ellas deben fijar el 45% restante. En el caso de las regiones en las que sólo se estudia en castellano, el Estado fija el 65% de los contenidos y ellas el porcentaje restante. Ya no habrá la división entre asignaturas troncales, sobre las que decide el Estado, y las de libre configuración autonómica, en la que decidían las Comunidades. Con ello se pretende conseguir algo que sepa lo mismo un niño en Andalucía que en Madrid, algo que, en la práctica, no se ha conseguido ni con la ley Wert ni con anteriores leyes.
Título de Bachillerato con un suspenso
En proyecto prevé la posibilidad de que un alumno pueda sacarse el Bachillerato aunque tenga una asignatura suspensa, lo que en el ámbito educativo se considera una “bajada del nivel” en cuanto a exigencia de conocimientos.
Plan contra el abandono y los repetidores
Educación tiene un plan para los alumnos que abandonen el sistema sin haber acabado la ESO. Así, prevé «facilitar un plan de orientación individualizado con la finalidad de continuar su proceso formativo, incluyendo todas las opciones y posibilidades», dice el proyecto del Ministerio. Además la norma prevé planes individualizados para los repetidores y obliga a los centros a aplicar medidas específicas que eviten el fracaso académico.
“Comisarios políticos” en los colegios
La norma recupera de la vieja LOE la figura del representante municipal en los consejos escolares no sólo de los colegios públicos, también de los concertados, una medida que no es bien vista por la concertada
El director “no será el único órgano de gobierno en los centros”. Los Consejos escolares recuperan el poder que les quitó la Lomce y ahora tomarán parte en la elección del director.
Eliminación de itinerarios
Se eliminan para evitar la doble vía en cuarto curso de la ESO para que haya una idéntica titulación.
Fuente: larazon.es
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