Los tribunales asturianos han propinado un duro golpe a la forma en la que el Principado ofrece la asignatura de Religió. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha anulado la actual organización de esta materia tanto en Primaria como en primero de Bachillerato, tras tener en cuenta dos recursos diferentes, uno presentado por el Arzobispado de Oviedo y otro por el sindicato ANPE. En el caso de Primaria cree que el horario de Religión no está en igualdad de condiciones que otras asignaturas equiparables, ya que la carga lectiva es muy inferior. En el caso de primero de Bachillerato, considera que se vulneran los derechos fundamentales de los alumnos. 

El caso de Bachillerato

El TSJA, en contra del criterio de la Fiscalía, considera que el decreto que regula el Bachillerato en el Principado vulnera los derechos fundamentales a la igualdad y la no discriminación de los alumnos del primer curso que quieren cursar la asignatura de Religión. Así consta en una sentencia en la que el alto tribunal anula, con el curso ya empezado, esta normativa, a instancias de la Iglesia asturiana. Sin embargo, el fallo del TSJA considera que ese mismo decreto de Bachillerato no vulnera los derechos fundamentales de los alumnos de segundo, curso en el que el Gobierno de Asturias ha decidido no ofertar la materia. Tampoco observa ninguna irregularidad en el decreto que organiza la Educación Secundaria Obligatoria (ESO). Así que estos dos aspectos, que también la Iglesia había llevado a los tribunales, permanecen inamovibles. No obstante, tienen otros cauces legales a su alcance.

El problema fundamental en primero de Bachillerato que denunciaba la Iglesia es que, en función de las asignaturas no obligatorias que se eligieran, algunos alumnos no podían matricularse de Religión. Dentro de las optativas, hay materias de tres horas semanales y otras de cuatro. Religión, por su parte, tiene una. Si un alumno coge optativas de cuatro horas, no podrá cuadrar su horario para acudir a Religión. Solo es posible compaginarla con optativas de tres horas semanales. Esta era la base de la queja por discriminación del Arzobispado. El TSJA en su sentencia explica que es, precisamente, la organización lo que tiene en cuenta. El texto literal afirma lo siguiente: "Únicamente, la no previsión de una asignatura complementaria a la Religión, con igual carga lectiva, es lo que conlleva que el decreto impugnado vulnere el principio fundamental de la igualdad y la no discriminación por motivos religiosos". Es decir, que Educación no puede poner esta materia a competir con otras opcionales sino que debe ponerle una alternativa en las mismas condiciones, como ya hace, por ejemplo, en Primaria y Secundaria.  

El Arzobispado de Oviedo ha mostrado su satisfacción por esta sentencia y asegura que "de esta manera quedan garantizados los derechos que asisten a los alumnos y a los padres de familia a elegir la educación que quieran conforme a sus convicciones religiosas o morales".

¿Qué puede suponer la anulación del decreto? ¿Qué pasará con los alumnos que en estos momentos están cursando primero de Bachillerato? ¿Qué pasos deberá dar ahora la Consejería de Educación? El Gobierno del Principado todavía no se ha pronunciado.

La situación de Primaria

El sindicato ANPE, por su parte, presentó un recurso contra la exigua carga lectiva que Religión tenía en Primaria, seis horas semanales repartidas a lo largo de los seis cursos, que se organiza en una hora semanal por curso. El sindicato alegaba varios aspectos, entre ellos, el fuerte recorte que había sufrido con respecto a la organización anterior y también que tenía una presencia muy inferior a otras asignaturas equiparables, como Asturiano o las Enseñanzas Artísticas. El fallo del TSJA atiende, precisamente, ese último argumento. Dice textualmente: "La regulación de la enseñanza de Religión en el decreto impugnado no responde a esa prestación de la enseñanza de Religión 'en condiciones equiparables', que no idénticas, a otras disciplinas, desde el momento en el que es la asignatura con el menor de los horarios, seis horas semanales, siendo seguida por los de Lengua y Cultura asturiana, asignaturas estas de libre configuración autonómica con nueve horas semanales, teniendo la Educación Física una carga lectiva de doce horas semanales y Educación Artística once horas y media, siendo ambas asignaturas específicas obligatorias igual que la Religión, sin que por otra parte exista justificación alguna del motivo de la reducción horaria...".

Documentos relacionados

Fuente: asturias24.es

   

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Virtual del Profesorado de Religión para agregar comentarios!

Join Comunidad Virtual del Profesorado de Religión