El Tribunal Supremo acaba de fallar a favor de los obispos andaluces en relación a la polémica que mantienen con la Junta en relación a las horas de la asignatura de Religión. El alto tribunal no ha admitido a trámite el recurso de casación que interpuso en su día la Junta de Andalucía contra una anterior sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ya declaró nula la orden de la Consejería de Educación que regulaba el currículo escolar de Educación Primaria y que dejó en una sesión semanal la enseñanza de Religión (o su alternativa, Valores sociales y cívicos).
Esta decisión del Supremo supone de hecho la anulación de la orden de marzo de 2015 y abre la vía a que en este próximo curso la asignatura de Religión (y su alternativa) vuelvan a tener las dos sesiones semanales en Educación Primaria. Según explica el secretario técnico de la asamblea de Obispos del Sur, Rafael Rich, el problema arranca de la LOMCE, que dejó libertad a las comunidades para regular las horas de la asignatura de Religión. La ley educativa fijaba las horas de las asignaturas troncales, y dejaba el de las asignaturas específicas (Religión, Educación Física o Valores Cívicos), a criterio de las respectivas comunidades. Andalucía, en la orden de marzo de 2015, fijó un mínimo de una sesión semanal en el caso de Religión, aunque facultaba a los directores a fijar dos sesiones. Pero de hecho, en casi todos los centros la materia quedó en una sesión.
Pero la Consejería de Educación cometió un fallo formal, relacionado con el trámite de información pública, porque se les envió la información a una dirección que no es la habitual de la asamblea de los obispos andaluces. Así lo reconoció el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, al que recurrieron los obispos y que en mayo del año pasado decidió anular la orden. La Junta recurrió en casación ante el Tribunal Supremo, que no ha admitido el recurso, por lo que la asignatura de Religión debe volver a dos sesiones en el próximo curso.
Ni el TSJA ni ahora el Supremo entran en el fondo del asunto, pues sus decisiones se basan en un defecto formal. De hecho, otras comunidades también fijaron una hora semanal para Religión, y el Supremo ha fallado contra los recursos que se interpusieron ante esa decisión, avalando el cambio de horario.
También en Secundaria
Los problemas con las horas de Religión no son exclusivos de la etapa de Primaria. La orden de la Consejería de Educación de julio de 2016 que desarrollaba el currículo de Secundaria redujo de dos a una sesión semanal en tercero de ESO (en el resto de cursos se impartía una sesión). El TSJA ya dio la razón a un sindicato y a obispos del Sur, que interpusieron recurso contra esa orden. Apreció defecto de forma, también por falta de la preceptiva audiencia pública de los interesados, en su caso la asociación de profesores. El recurso está pendiente de conocer si el Supremo admite o no el recurso de casación de la Junta.
Fuente: SUR.es
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