• La educación diferenciada se encuentra en el apartado 3 del artículo 84.

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El Pleno del Tribunal Constitucional finalmente no ha abordado esta semana la ponencia que se inclina por avalar las subvenciones con fondos públicos a centros de educación diferenciada, es decir, los que separan por sexo a los alumnos, que blinda la LOMCE, ni tampoco que la asignatura optativa de Religión sea evaluable Primaria y Secundaria, tal y como establece esta ley.

El Pleno del Tribunal Constitucional finalmente no ha abordado esta semana la ponencia que se inclina por avalar las subvenciones con fondos públicos a centros de educación diferenciada, es decir, los que separan por sexo a los alumnos, que blinda la LOMCE, ni tampoco que la asignatura optativa de Religión sea evaluable Primaria y Secundaria, tal y como establece esta ley.

De esta forma, el Alto Tribunal no dará respuesta, de momento, a los recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la "Ley Wert" por el Grupo Socialista, así como las comunidades autónomas de Andalucía, Asturias y Canarias. Es previsible que la decisión no sea unánime.

La educación diferenciada se encuentra en el apartado 3 del artículo 84 de la LOMCE, que señala que "no constituye discriminación la admisión de alumnos y alumnas o la organización de la enseñanza diferenciadas por sexos" y que la elección de esta educación no puede implicar "en ningún caso" un trato "menos favorable".

A lo largo de esta semana, y, en previsión de que el TC se pudiera pronunciar sobre estos conciertos y la asignatura de Religión, varias organizaciones representativas de la comunidad educativa -padres, alumnos, patronales y sindicatos docentes- han mostrado gran división, las misma que se prevé en el seno del Alto tribunal.

El pasado mes de febrero, la Comisión de Educación del Congreso de los Diputados aprobó una proposición no de ley por la que instaba al Gobierno a denunciar y derogar los Acuerdos del Estado español con la Santa Sede, así como de los suscritos en el mismo sentido con otras confesiones religiosas, para "garantizar el imprescindible carácter laico de la escuela como institución pública" y dejar la enseñanza de la Religión fuera de este ámbito.

Asimismo, el grupo parlamentario Unidos Podemos-En Comù Podem-En Marea registró en la Cámara baja una proposición de ley para impedir que se destinen fondos públicos a los centros educativos que separan a sus alumnos por razón de sexo. 

Recientemente, el Tribunal Constitucional estimó parcialmente el recurso de la Generalitat de Cataluña contra la LOMCE y anuló algunos de los preceptos impugnados por considerar que invaden competencias autonómicas en materia de educación.

Entre ellos, la sentencia considera que el sistema diseñado por la ley para garantizar la enseñanza en castellano sostenida con fondos públicos, que impulsó el exministro José Ignacio Wert, no respeta el reparto de competencias entre el Estado y la comunidad autónoma.

Sin embargo, el Alto Tribunal avala otros aspectos de la LOMCE, como la competencia para regular las pruebas de evaluación finales de ESO y Bachillerato y fijar tanto los criterios de evaluación como las características de los exámenes.

Fuente: eleconomista.es

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