Los dos recursos estaban planteados por las archidiócesis extremeñas y por la Asociación de Docentes de Religión de la Escuela Pública.
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha fallado a favor de los dos recursos planteados, por las archidiócesis extremeñas y por la Asociación de Docentes de Religión de la Escuela Pública, contra el decreto autonómico que reducía las horas lectivas de religión.
Decisión que se suma a la tomada en el mismo sentido días antes en relación a un recurso de la Asociación de Padres de la Escuela Pública de Extremadura.
El abogado Francisco La Moneda, el vicario general de Mérida-Badajoz, Mateo Blanco, y el delegado episcopal para la Educación Católica, Manuel García Sánchez, han destacado la importancia de estas sentencias, pues el tribunal da la razón en los cuatro extremos planteados.
Estos eran el recurso contra la reducción en un 50 por ciento de la carga horaria de la asignatura de Religión en Primero de la ESO y Primero de Bachillerato, donde en este último caso también se obligaba al alumno que optase por esta materia a tener que escoger Ética y Ciudadanía, y viceversa, para completar las seis horas de asignaturas específicas.
Además, "el decreto ignoraba la normativa nacional que establecía la obligatoriedad de ofertar la asignatura de Religión en Segundo de Bachillerato, obviándolo en todo momento".
Las diócesis extremeñas sostenían que el decreto era contrario a las leyes estatales, a los acuerdos entre la Santa Sede y el Estado español y "a la inmensa mayoría de los padres extremeños que escogen, en uso de su libertad de elección constitucionalmente reconocida, la asignatura de Religión para sus hijos".
Según se ha explicado, el TSJEx anula el decreto en los puntos mencionados al entender que esa reducción de las clases de Religión que pretendía la Junta era desproporcionada, pero que su legalidad viene además por ser una medida discriminatoria y contraria a la ley del Estado.
Según ha explicado Francisco La Moneda, la sentencia será firme ya durante este curso salvo que la Junta de Extremadura pida su suspensión al Tribunal Supremo y éste la decretase en función de que podría producir unos daños irreparables.
Como la sentencia anula estos aspectos del decreto de 2016 queda vigente la normativa anterior, de un año antes, ha indicado el letrado.
Por su parte, Mateo Blanco ha lamentado la "falta de diálogo, no de la Junta sino de la Consejería de Educación" con la Iglesia, institución que lógicamente "algo tenía que decir en un asunto que está regulado por un acuerdo internacional entre el Estado y la Santa Sede".
A Blanco le ha "extrañado" todo este tema, pues ha destacado el buen entendimiento que existe en general entre Junta e Iglesia.
El Arzobispado de Mérida-Badajoz y los obispados de Coria-Cáceres y Plasencia, a los que se sumó el Arzobispado de Toledo, habían presentado el pasado septiembre un recurso contencioso-administrativo contra el decreto 98/2016 de la Junta de Extremadura.
También interpusieron recurso la Asociación de Padres de la Escuela Pública de Extremadura y la Asociación de Docentes de Religión de la Escuela Pública.
Fuente: hoy.es/extremadura
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