La nueva norma ha visto la luz este miércoles tras su aprobación en el Senado
El Senado ha aprobado este miércoles la ley educativa del Gobierno, la Lomloe, más conocida como « ley Celaá», al no aceptar ninguna de las enmiendas presentadas, por lo que no tendrá que volver al Congreso y queda definitivamente implantada. Lo que buscaban estas enmiendas era modificar cualquier punto de la norma para que tuviera que regresar a la Cámara baja y así ganar algo de tiempo para su entrada en vigor.
Celaá llevó su proyecto al Consejo de Ministros el pasado 4 de marzo de 2020. El texto, según dijo entonces la ministra, era el mismo que se aprobó en Consejo de Ministros el 15 de febrero de 2019, día en que el presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, convocaba elecciones, por lo que quedó en papel mojado. Se disolvieron las Cortes y la tramitación parlamentaria del proyecto de ley educativa quedó suspendida. En marzo, no fueron las elecciones, sino la llegada del coronavirus lo que retrasó el avance de la tramitación de la ley por la suspensión de la actividad en el Congreso.
En plena pandemia, el Gobierno saca adelante la nueva ley, pese a contar con el rechazo de gran parte de la comunidad educativa por atacar a la concertada, cercar la Religión y dar alas a la Generalitat para decidir sobre el castellano en Cataluña. Estas son las principales novedades que traerá la nueva ley educativa a las aulas:
Se devalúa la asignatura de Religión
PSOE, Podemos y ERC pactaron una enmienda transaccional (es decir, una modificación a un proyecto de ley fruto del acuerdo de varios partidos) que añade a la ley la enseñanza «no confesional de cultura de las religiones» tanto en Primaria como Educación Secundaria Obligatoria que, en la práctica podría ser una asignatura espejo de la Religión, es decir, una alternativa a la misma.
Actualmente, en España la asignatura de Religión es, como en gran parte de Europa (Alemania, Austria, Bélgica, Italia o Estonia) de oferta obligatoria para los centros pero voluntaria para los alumnos. Es decir, solo la cursa el que quiere. Esto ha sido así con las leyes socialistas (como la LOE, de 2006) y populares (como la Lomce, de 2013). Lo que hace la «ley Celaá», tal cual está ahora (es decir, sin esta polémica enmienda) es establecer que «la enseñanza de la religión católica se ajustará a lo establecido en el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito entre la Santa Sede y el Estado español» y que, a tal fin «se incluirá la religión católica como área o materia en los niveles educativos que corresponda, que será de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para los alumnos y alumnas».
La «ley Celaá» elimina el apartado 3 de la disposición adicional segunda sobre «Enseñanzas de la Religión» que está en la ley vigente (la Lomce del PP y que establece que «la determinación del currículo y de los estándares de aprendizaje evaluables que permitan la comprobación del logro de los objetivos y adquisición de las competencias correspondientes a la asignatura Religión será competencia de las respectivas autoridades religiosas. Las decisiones sobre utilización de libros de texto y materiales didácticos y, en su caso, la supervisión y aprobación de los mismos corresponden a las autoridades religiosas respectivas, de conformidad con lo establecido en los Acuerdos suscritos con el Estado español».
Ataque a la concertada
Como se ha venido anunciando desde hace tiempo, elimina del artículo 109.2 de la Lomce la alusión a la «demanda social», es decir, que las plazas en los centros públicos y concertados variarán en función de lo que pidan los padres. Celaá argumentó en su día que ese criterio es un «eufemismo para propiciar que la escuela pública pueda ser considerada subsidiaria de la concertada».
Además, PSOE, Podemos y Mas País aprobaron una enmienda en el camino parlamentario de la norma que señala que la educación es garantizada solo con «plazas públicas» dejando afuera a la concertada. El texto señala lo siguiente: «En la programación de la oferta de plazas, las administraciones educativas armonizarán las exigencias derivadas de la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar el derecho de todos a la educación, mediante una oferta suficiente de plazas públicas, en condiciones de igualdad y los derechos individuales de alumnos y alumnas, padres, madres y tutores legales».
El añadido: «mediante una oferta suficiente de plazas públicas» de Más País va contra la propia Constitución, que en su artículo 27 alude tanto en su apartado 1 como en su apartado 5 al derecho a la educación a secas, es decir, garantizado tanto por la pública como por la concertada. «Todos tienen el derecho a la educación»; «Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes».
El castellano no será vehicular
Este cambio, posiblemente el más poémico de la ley, se hizo en la tramitación parlamentaria de la norma en el Senado a través de una enmienda transaccional pactada por PSOE, Podemos y ERC. Con ella, se elimina la referencia al castellano como lengua vehicular en la educación y oficial en España.
El redactado inicial de la Lomloe decía (en un redactado muy similar a la Lomce) que «las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano, lengua oficial del Estado, y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios. El castellano y las lenguas cooficiales tienen la consideración de lenguas vehiculares, de acuerdo con la normativa aplicable».
Se ha cambiado este último párrafo por otro que señale que las comunidades autónomas deben asegurar el derecho a recibir la enseñanza en castellano y las lenguas cooficiales de cada territorio de acuerdo con lo que prevén la Constitución y los estatutos de autonomía.
Cuando se menciona que las «administraciones garantizarán el derecho de los alumnos a recibir enseñanzas en castellano, lengua oficial del Estado, y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios», se tacha la alusión al mismo como «lengua oficial del Estado».
Bachillerato con una asignatura suspensa
El texto también permite la obtención del título de Bachillerato con una asignatura suspensa o la posibilidad de realizarse esta etapa en tres cursos en lugar de los dos como se ha hecho hasta ahora. Esto significa que los alumnos pueden pasar de 1º a 2º con más de dos asignaturas suspensas en lugar de repetir. En 2º se cursarían las suspensas más las de este curso. En un hipotético 3º curso se matricularían de las pendientes el curso anterior.
Admisión de alumnos
La nueva redacción del artículo 87 de la LOE, que permitirá a las Administraciones educativas establecer proporciones equilibradas de alumnos según su tipología (discapacidad, inmigración, situación socioeconómica desfavorable, minorías, etc), puede suponer en la práctica un cheque en blanco para que las comunidades modifiquen su normativa sobre admisión de alumnos, restringiendo los derechos de los padres a elegir tipo de centro y la puesta en práctica de procesos centralizados unilaterales en manos de las Consejerías.
De hecho, esto ya está sucediendo en Cataluña con los nuevos proyectos de decretos sobre programación y admisión de alumnos y sobre régimen de conciertos, en los que se plantean medidas intervencionistas inéditas hasta ahora, bajo la premisa de conseguir repartir los alumnos considerados problemáticos en igual proporción, entre todos los centros sostenidos con fondos públicos. Pero sin tener en cuenta las diferencias de recursos humanos entre la enseñanza a pública y la concertada (menores en esta última), ni la imposibilidad de conocer de forma precisa qué alumnos entran en la calificación de «situación económica desfavorable».
¿Vuelve Educación para la Ciudadanía?
Mientras que con la Lomce existía la opción de cursar la asignatura Valores Culturales y Éticos, tanto en el primer ciclo (1, 2 y 3) como en el segundo (4), la Lomloe solo da una opción (Educación en Valores cívicos y éticos) que los alumnos cursarían en 5 o 6 de Primaria o en alguno de los 4 cursos de ESO de forma obligatoria.
Esta asignatura es para muchos similar a Educación para la Ciudadanía, instaurada en la LOE que generó rechazo por su configuración como obligatoria y el pronunciamiento jurisprudencial sobre la objeción de conciencia escolar. Ahora, en medio de la polémica por el pin parental, las organizaciones de padres pondrán el foco en el contenido de esta nueva materia.
Educación afectivo-sexual
Hace hincapié de forma expresa a la educación sexual, la coeducación y el respeto a la diversidad afectivo-sexual desde los 6 años. Esto posibilitará a los centros la impartición de contenidos sobre visiones variadas y no siempre compartidas por los padres, sobre identidad sexual o temas de género. De este modo, los principios del sistema educativo incluirán «el desarrollo de la igualdad de derechos, deberes y oportunidades, el respeto a la diversidad afectivo-sexual y familiar, el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres a través de la consideración del régimen de la coeducación de niños y niñas, la educación afectivo-sexual, adaptada al nivel madurativo, y la prevención de la violencia de género, así como el fomento del espíritu crítico y la ciudadanía activa» (artículo 1 de la LOE). Tanto en Primaria como en ESO, se incluyen como principios pedagógicos a trabajar en todas las áreas, «la educación para la salud, incluida la sexual y la educación emocional y en valores».
Se eliminan los itinerarios
Al contrario que en la Lomce, la Lomloe elimina los itinerarios, que según la nueva ley, «tienen desigual valor educativo». Los itinerarios de la Lomce suponen que en 4º de ESO hay dos vías: una dirigida a los alumnos que vayan a cursar Bachillerato y otra vía dirigida a los alumnos que desean cursar FP. Pero no son vías cerradas ya que desde cualquiera se puede cursar Bachillerato o FP. 4º ESO se configura en la Lomce como un curso propedéutico, es decir, de preparación al Bachillerato o a la FP.
La Lomloe, sin embargo, propone también una vía específica para determinados alumnos, que es la Diversificación Curricular (ya presente en la LOE y nuevamente incluida en la nueva ley), que también conlleva una atención diferenciada y una división de grupos. Estos programas de diversificación curricular «estarán orientados a la consecución del título de Graduado de Educación Secundaria Obligatoria, por parte de quienes presenten dificultades relevantes de aprendizaje tras haber recibido, en su caso, medidas de apoyo en el primero o segundo curso, o a quienes esta medida de atención a la diversidad les sea favorable para la obtención del título», dice la Lomloe.
Fuente: ABC.es