La Asociación de Profesores de Religión denunció el decreto del Consell por permitir que los colegios reduzcan a la mitad la formación religiosa
La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha rechazado la petición de la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (Apprece) para suspender por vía de urgencia el decreto de currículo de Primaria de la Conselleria de Educación.
En una resolución facilitada este viernes por el alto tribunal valenciano, se recuerda que la asociación había solicitado la adopción de la medida cautelar por la vía de urgencia del decreto de 7 de julio del Consell del currículo de la Educación Primaria.
Sin embargo, el TSJ desestima la petición de la medida cautelarísima al considerar «obvio» que en este caso «no concurren razones de especial urgencia para resolver» sin oír a la Generalitat, ya que la propia asociación, tras haber examinado el decreto publicado en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) el día 14 de julio, no presentó la solicitud hasta el 1 de septiembre. La resolución, no es firme y contra ella cabe recurso de reposición.
l nuevo decreto fija que como mínimo el 34,4 % de las 22,5 horas lectivas semanales (siete horas y tres cuartos) se tendrá que dedicar a la asignatura de libre configuración autonómica (Valencià: Llengua i Literatura), y a las llamadas materias específicas: Educación Física, Religión o su alternativa de Valores Sociales y Cívicos, y Educación Artística (área que incluye Música y Plástica).
Esto permite a los colegios reducir en 1 hora y 45 minutos la carga de 5 horas y media semanales de las asignaturas no troncales (Religión, Educación Física y Artística) para dedicarlas a reforzar otras materias o realizar proyectos de innovación.
Así pues, con el nuevo decreto que se aplica ya este curso, los colegios pueden reducir a la mitad las clases de Religión pasando de las actuales dos sesiones semanales de 45 minutos a sólo una.
Fuente: levante-emv.com
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